martes, 22 de octubre de 2013

APLICAN NUEVAS DISPOSICIONES DE EVALUACIÓN EN EDUCACIÓN BÁSICA






ENSENADA, B.C. MARTES 22 DE OCTUBRE DE 2013.- EL 20 de septiembre del presente año, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Acuerdo número 696 por el que se establecen normas generales para la evaluación, acreditación, promoción y certificación en la educación básica.

Para informar sobre lo antes mencionado, Francisco Castro Benítez, Coordinador Estatal de Control Escolar, se reunió con supervisores y jefes de todos los niveles educativos y modalidades.

Castro Benítez, indicó que las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo son aplicables a todas las instituciones educativas públicas y particulares con autorización, de los ámbitos federal, estatal y municipal y se emiten sin perjuicio de las adaptaciones e inclusiones que sean necesarias en materia de educación indígena, especial o para migrantes y adultos.

Añadió que en la educación preescolar, la evaluación del desempeño del alumno será exclusivamente cualitativa, en apego al programa de estudio y con base en las evidencias reunidas durante el proceso educativo.

Es decir, únicamente anotará en el Reporte de Evaluación, sus recomendaciones para que los padres de familia o tutores contribuyan a mejorar el desempeño de sus hijos o pupilos, sin emplear para ello ningún tipo de clasificación o referencia numérica.

En el caso de primarias, el docente asignará a cada estudiante una calificación en una escala de 5 a 10; además, hará un informe de cada uno de sus alumnos que necesiten apoyo fuera del horario escolar.

A partir del segundo bimestre de la educación primaria y secundaria, el docente deberá registrar en el Reporte de Evaluación, si existen riesgos de que el alumno no alcance los aprendizajes previstos en el ciclo escolar o de que no sea promovido al siguiente grado o nivel educativo.

Los alumnos con aptitudes sobresalientes que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa aplicable para la acreditación, promoción y certificación anticipada, podrán ser admitidos en primaria o secundaria a una edad más temprana de la establecida o bien, omitir el grado escolar inmediato que les corresponda, en el mismo nivel educativo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario