miércoles, 29 de agosto de 2012

CONVOCAN A CONFORMAR LOS CONSEJOS ESCOLARES DE PARTICIPACIÓN SOCIAL



MEXICALI, B. C., MIÉRCOLES 29 DE AGOSTO DE 2012.- La Coordinación de Participación Social y Formación Valoral del Sistema Educativo Estatal exhorta a los padres de familia, a los maestros y a la comunidad educativa de todas las escuelas de Educación Básica a integrar los Consejos Escolares de Participación Social.

En cada escuela de Educación Básica, los directores tienen la responsabilidad de convocar a los padres de familia para reunirse en los centros educativos donde estudian sus hijos para proceder a la elección de las personas que integrarán dichos organismos.

En Baja California, durante el ciclo escolar anterior, las escuelas de educación básica sumaron un total de 3 mil 747 centros educativos, de éstos, 1 mil 136 fueron de Mexicali.

Los Consejos deberán instalarse o renovarse, según el caso, dentro de los primeros 30 días de iniciado el ciclo escolar con el fin de representar a la comunidad escolar y promover una mayor integración, participación, transparencia y representatividad en las escuelas para mejorar y elevar la calidad de la educación, ampliar la cobertura con equidad, mejorar el aprovechamiento y la infraestructura escolar.

Los Consejos Escolares son organismos integrados por el presidente, el secretario, el tesorero y tres vocales de la Asociación de Padres de Familia de la escuela; también participa el director, un docente, un orientador educativo, el representante sindical; un exalumno mayor de edad, y un integrante de la comunidad.

Las tareas de los Consejos Escolares son conocer las metas educativas, propiciar la colaboración de los maestros y padres de familia para proponer estímulos y reconocimiento de carácter social, conocer los resultados de las evaluaciones, realizar actividades en beneficio de las escuelas y apoyar las actividades extraescolares, entre otras.

Para cumplir con sus objetivos, el Consejo Escolar debe conformarse por las siguientes comisiones: Seguridad escolar y protección civil. Salud y medio ambiente. Infraestructura. Actividades extraescolares. Motivación a la participación social. Fortalecimiento a la familia y a la cultura de la legalidad. Control y vigilancia.

El Consejo Escolar, por mayoría de votos de sus integrantes, designará a su Consejero Presidente y al Secretario Técnico de entre sus miembros. La autoridad escolar, personal docente y administrativo de los centros escolares no podrán ocupar el cargo de Presidente en el Consejo Escolar donde desempeñen su trabajo.

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